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  • ACTUALIZACIÓN 10/02/2022

    Explicación de Real Decreto Ley 115/2022 de 8 de febrero por el que se modifica la obligatoriedad del uso de  mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

     

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  • ACTUALIZACIÓN 23/12/21 SOBRE APLICACIÓN DE LA OBLIGATORIEDAD DEL USO DE MASCARILLA

    Real Decreto-Ley 30/2021, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes de prevención y contención, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19

    Esta norma es la que modifica la Ley 2-21, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, la que hasta ahora estaba vigente en la regulación del tema de las mascarillas.

    Este Real Decreto-ley modifica el artículo 6 de la Ley 2/21 y recupera la OBLIGATORIEDAD del uso de la mascarilla en personas mayores de 6 años, en espacios exteriores: en espacios al aire libre de uso público o que se encuentre abierto al público, para contribuir, según dicen, a la reducción de la transmisión comunitaria del virus, dada la capacidad de las mascarillas para bloquear la emisión y recepción de aerosoles.

    Se trata de una medida de carácter temporal.

    El Equipo Legal de Domo Acción Galicia ha elaborado un estudio pormenorizado sobre las implicaciones de esta nueva ley en lo que atañe a la obligatoriedad del uso de la mascarilla, que se puede consultar aquí.

  • ACTUALIZACIÓN 11/06/21 SOBRE APLICACIÓN DE LA OBLIGATORIEDAD DEL USO DE MASCARILLA

    RECORDATORIO: LA NORMA PRINCIPAL Y DE LA APLICACIÓN EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL ES LA LEY 2/2021 DE 29 DE MARZO MODIFICADA POR EL RDL13/2021 ( Consultar texto completo y actualizado).

    Consultar estudio de la Ley con especial referencia al tema de la mascarilla, hoja de ruta, recurso para multas.

    Recordad como resumen que la ley contempla supuestos en que no hay que usarla y no pide (la ley) ningún tipo de documento ni prueba para justificar que no estás obligado a usarla.

     

    LA ORDEN DE LA CONSELLERÍA DE SANIDAD DE 28 DE MAYO DE 2021:

    1. Regula los mismos supuestos de no uso que la Ley 2/2021 y tampoco exige prueba o documento  que justifique  la no conveniencia de uso.
    2. Contiene dos normas flagrantemente contradictorias:

     

    2-1) Una que dice que si mantienes la distancia no tienes que llevarla. Anexo 1 punto 1.3: Deberá cumplirse la medida de mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal establecida por la Ley 2/2021, de 29 de marzo , de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, de por lo menos, 1,5 metros o, en su defecto, medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla, de higiene adecuada y etiqueta respiratoria.

     

    2-2) Otra que dice que hay que llevarla aunque mantengas la distancia de metro y medio.

    Anexo 1 punto 1.4: Para las personas de seis o más años, será obligatorio el uso de la mascarilla en todo momento, tanto cuando se esté en la vía pública y en espacios al aire libre como cuando se esté en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, aunque se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.

     

    Por ello es conveniente llevarcon vosotros la norma para enseñársela alos policías o ciudadanos que os llamen la atención, para demostrarlesque hay una norma que dice que con la distancia no es preciso llevar mascarilla.  

     
  • Estudio normativo del fin el estado de alarma en cuanto al uso de la mascarilla

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  • Comparativa entre el RD vigente y el 20/21 de 9 de junio

    Explicación de cómo está contemplado el tema del uso de las mascarillas en la nueva ley (de 29 de marzo de 2021), comparándola con la ley anterior (RD 20/21 de 9 de junio), necesaria para comprender los escritos de uso individual (documentos exención y declaraciones responsables) .